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12/05/2018
LOS 12 DERECHOS DE LOS CAZADORES

La Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA) ha realizado un TRIPTICO con las reseñas de los 12 Derechos de los Cazadores, y los ha incorporado en su Web, con la finalidad de que todos los cazadores los conozcan, y con el objetivo de que los respalden y defiendan y exijan su incorporación a la Ley de Caza, uniéndose a ADECACOVA y a la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC), a nivel nacional, para conseguirlos.



1. Tener su propia identidad

Durante miles de años el hombre se le ha identificado como cazador. Era una forma de vida y de subsistencia. La Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA) persigue y lucha por la identidad de los cazadores, la caza y sus derechos, y el mundo que les pretenden usurpar y arrebatar; identidad y derechos reconocidos por nuestra legislación y que es uno de los pilares de la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC) y de las organizaciones de cazadores que la integramos, como es ADECACOVA.

2. Ser respetados

Los cazadores tienen derecho A SER RESPETADOS COMO TALES Y A SER TRATADOS CON DIGNIDAD, DECORO Y HONARIBILIDAD, y no perseguidos como delincuentes ni tratados como infractores potenciales, ilegales y deshonrosos, por el simple hecho de ser un cazador o estar cazando, pues los cazadores respetan la ley y los derechos de los demás.

3. Ser tratados con igualdad

Los cazadores tienen derecho A SER TRATADOS CON IGUALDAD Y EQUIVALENCIA ENTRE TODOS LOS CAZADORES DEL TERRITORIO ESPAÑOL, con una norma básica estatal que establezca los mismos derechos básicos entre todos los cazadores y al mismo tiempo preserve, en su conjunto, a nuestro patrimonio natural cinegético, que unifique y legisle criterios elementales para que todos los cazadores nos sintamos iguales en el ejercicio de nuestros derechos y en el cumplimiento de nuestros deberes y obligaciones, y a la vez preserve por igual nuestras especies cinegéticas.

4. Poseer entidades propias de caza e identificarse en sus agrupaciones

El derecho de los cazadores A POSEER ENTIDADES PROPIAS DE CAZA donde sus fines estatutarios sean realmente los que realizan dichas entidades y sus miembros, Y A IDENTIFICARSE EN LAS AGRUPACIONES QUE LAS UNEN, con los mismos fines, pero con diferentes funciones y actividades, y todas reguladas por la Ley de Caza; y no como hasta ahora, que se han constituido como clubes con fines deportivos y regulado s por la Ley del Deporte.

5. Que se les reconozca lo que hacen y lo que son sus sociedades de caza

Los cazadores tienen derecho A QUE SUS SOCIEDADES DE CAZA LES RECONOZCA LO QUE HACEN EN EL MEDIO NATURAL Y RURAL POR LA PRESERVACIÓN DE LOS HÁBITATS Y LAS ESPECIES, y lo que realmente son: entidades de custodia para la preservación del patrimonio natural cinegético.

6. Elegir a sus representantes por ser cazadores

Los cazadores tienen derecho a ELEGIR A SUS PRESENTANTES POR SER CAZADORES. El tener una licencia de caza tiene que dar derecho a ser elector y elegible para los cargos que representan a los cazadores ante las Administraciones e Instituciones, Y NO COMO HASTA AHORA, que la Administración solo ha reconocido a los elegidos por aquellos cazadores que han pagado una licencia federativa deportiva, y no por todos los cazadores que poseen una licencia de caza expedida por la propia Administración.

7. Tener su propia organización legal en los grupos en los que se integra

Los cazadores tienen derecho A TENER UNA ESTRUCTURA Y ORGANIZACIÓN HECHA POR LOS CAZADORES, PARA LOS CAZADORES Y PARA LA CAZA. Hecha, aprobada y legislada por la Administración competente en materia de caza, en la que se reconozca a ese gran colectivo y su estructura y organización, y no como hasta ahora, que se han constituido como clubes deportivos y estos se han agrupado en federaciones deportivas, las cuales han sido creadas y dependientes de la Ley del Deporte, y no de la Ley de Caza.

8. Poseer organismos públicos propios dentro de la Administración

Los cazadores tienen derecho A POSEER UN ORGANISMO PÚBLICO PROPIO DENTRO DE LA ADMINISTRACIÓN, QUE GESTIONE LA CAZA CON RECURSOS PERSONALES Y ECONÓMICOS EXCLUSIVOS Y SUFICIENTES PARA LA CAZA, con el fin de que la respalden, apoyen y trabajen para que funcione; que influya ahí donde se legislan materias que puedan afectar a la Caza y a los cazadores y defienda sus intereses; que recaude de la caza y revierta lo recaudado en ella, en sus especies, en su entorno y en su organización; y que coordine y trace las líneas básicas a seguir en su gestión y en la preservación e investigación de las especies de caza.

9. Participar en los asuntos y normas que les afecten

El derecho de los cazadores A PARTICIPAR EN LOS ASUNTOS Y NORMAS QUE LES AFECTEN A LOS CAZADORES Y A LA CAZA, vías de comunicación, siniestros, seguros, armas, perros, animales silvestres, agricultura, ganadería, territorio, medio ambiente y medio rural, y no como hasta ahora, que se han legislado y normalizado materias que afectan de pleno a los cazadores y a la caza y ni tan siquiera se les ha consultado, y, si por iniciativa propia lo han hecho, no se les ha tenido en cuenta.

10. Al control y calidad sanitaria de sus especies cinegéticas

Los cazadores tienen derecho A QUE SE HAGAN CONTROLES SANITARIOS Y DE CALIDAD GENÉTICA DE LAS ESPECIES DE CAZA que ya están en el campo y de las que se introducen en el medio natural procedentes de explotaciones cinegéticas o espacios cinegéticos. Para que tengan una genética genuina, un estado sanitario óptimo, un entorno ideal y una evolución en su medio natural lo más silvestre y adecuado.

11. A la formación, la información, la investigación y la educación del mundo de la caza

Los cazadores tienen derecho A LA FORMACIÓN debido a su condición, A LA INFORMACIÓN por su aportación, A LA INVESTIGACIÓN por su utilización y a la EDUCACIÓN por su convivencia con otros actores que comparten nuestro patrimonio natural y su interés por la actividad.

12. Que los recursos económicos que genera la caza reviertan en ella para su mejora

Los cazadores tienen derecho A QUE LOS RECURSOS ECONÓMICOS QUE GENERA LA CAZA REVIERTAN EN SU MEJORA, GESTIÓN Y ADMINISTRACIÓN, ya que si no es así́ progresivamente dejará de generar riqueza, empleo y valor añadido en las zonas rurales más desfavorecidas, y las Administraciones públicas y el mundo rural dejarán de percibir lo que hasta ahora han aportado.

ENLACES:
- TRIPTICO DE LOS 12 DERECHOS DE LOS CAZADORES
- LOS 12 DERECHOS DE LOS CAZADORES Y SU JUSTIFICACIÓN

Fuente: Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana (ADECACOVA), y la Unión Nacional de Asociaciones de Caza (UNAC).


Víctor Rafael Mascarell Mascarell, Presidente de la Asociación de Entidades de Caza de la Comunidad Valenciana, y miembro de la Junta Directiva de la UNAC: "La UNIÓN de los cazadores solo se conseguirá a través de la Ley de Caza: creando un organismo administrativo público con presupuesto propio, que vele y gestione sus intereses, con recursos personales para su gestión y buena administración; legislando su asociacionismo, el registro e inscripción de sus entidades, dando forma y cuerpo a su estructura, organización, representación e identidad; reconociendo y aportando recursos económicos, para que siga generando riqueza; dándole derechos a los cazadores y a los titulares de los cotos, ya que solo se les imponen deberes, obligaciones, responsabilidades y sanciones; etc.; en una palabra, incorporando a la Ley de Caza los 12 Derechos de los Cazadores.  Así, no solo habrá UNIÓN, sino también libertad, identidad, independencia, reconocimiento, fortaleza y respeto a los cazadores y al sector."